El ejercicio profesional del administrador de fincas comprende todas las funciones relacionadas con el gobierno y conservación de los bienes encomendados, la obtención de su rendimiento adecuado, y el asesoramiento en cuestiones de bienes inmuebles. Está facultado para realizar todos los actos de administración y gestión necesarios, respetando las normas legales aplicables, la costumbre y la prudencia. Sus limitaciones son las expresamente recibidas del titular de los bienes y aquellas atribuidas en exclusiva a otras profesiones.
En el desarrollo de estas funciones, se incluyen:
– Gobierno y conservación de los bienes encomendados.
– Obtención del rendimiento adecuado.
– Asesoramiento en cuestiones de bienes inmuebles.
– Realización de actos de administración y gestión necesarios.
– Observancia de las normas legales aplicables.
– Respeto a la costumbre y la prudencia.
– Limitaciones expresamente recibidas del titular de los bienes.
– Limitaciones atribuidas en exclusiva a otras profesiones.
Administración de fincas arrendadas
En la administración de fincas arrendadas, el administrador de fincas se encarga de la selección del arrendatario, la redacción y firma del contrato, y la constitución de la fianza. Además, gestiona la obtención de la cédula de habitabilidad, el cobro y actualización de la renta, y el pago de gastos e impuestos, incluido el IVA. También realiza la aplicación de retenciones sobre el IRPF, la gestión del traspaso de locales comerciales, y la atención a las obras de reparación y mejora. El administrador de fincas se ocupa, además, de las obligaciones laborales con empleados del inmueble, la liquidación al propietario y la gestión de morosos, además de ofrecer asesoramiento sobre incidencias en el arrendamiento.
Gestión de la comunidad de propietarios por un administrador de fincas
En la gestión de comunidades de propietarios, el administrador de fincas debe cumplir las obligaciones fijadas en el art. 20 de la LPH, como velar por el buen régimen de la casa, sus instalaciones y servicios, preparar el plan de gastos e ingresos, atender a la conservación y entretenimiento de la casa, y ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras. Además, se ocupa de efectuar los pagos, realizar los cobros y actuar como Secretario de la Junta, custodiando la documentación.
El administrador de fincas profesional también debe asesorar a la comunidad, controlar los proveedores, dar cuenta de siniestros a las compañías de seguros, y gestionar las relaciones laborales con los empleados de la finca. Entre sus funciones está aplicar las normas de convenio y las modalidades contractuales más favorables, practicar las liquidaciones de la Seguridad Social y las que fiscalmente procedan, llevar una adecuada contabilidad, advertir sobre la morosidad y mantener la convivencia entre los miembros de la comunidad.
Cuando actúa como Secretario de la Comunidad, en la mayoría de los casos, junto con el Presidente, debe convocar la Junta, asistir a la reunión, que normalmente dirige, redactar el acta y practicar las notificaciones que procedan.
Asesoramiento global de la comunidad
En el asesoramiento global a la comunidad, el administrador de fincas debe cumplimentar todas las obligaciones que incumben al inmueble, además de informar y, cuando proceda, tramitar la solicitud de ayudas o subvenciones a las que pueda tener derecho el edificio, en los casos de rehabilitación o de obras de reparación protegidas.